lunes, 27 de junio de 2011

Normativa Interna de Pasantias

COORDINACION ZONAL DE PASANTIAS ESTADO YARACUY
NIVEL MEDIA TECNICA

NORMATIVO  DE PASANTÍAS ESCUELAS TÉCNICAS DEL ESTADO YARACUY

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: La presente normativa tiene por objeto regular las actividades Académicas Pedagógicas de Formación Técnica Profesional de contenido práctico, en las empresas Públicas, Privadas, Cooperativas, ONG, Fundaciones, Asociaciones Civiles u organismos relacionados con su mención. Las cuales son de obligatorio cumplimiento para la formación de los estudiantes del último año del Nivel Media Técnica Profesional. Según lo establecido en las Normativas Legales tales como: La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), Ley Orgánica de Educación (LOE), Reglamento de la Ley Orgánica de Educación (RLOE), Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente (LOPNA), Decreto Gaceta Oficial N° 31141 de fecha 29/12/1976, Régimen sobre el Programa Nacional de Pasantías Ocupacionales N° 2300 de fecha 02/11/1983, Gaceta Oficial N° 38537 del Decreto Presidencial N° 1241 de fecha 20/08/1986, Reforma Parcial sobre Programa Nacional de Pasantías Ocupacionales, Ley Especial de Cooperativas y la de Consejos Comunales.


Artículo2: Las disposiciones de la presente normativa serán aplicables a los estudiantes de Media Técnica Profesional de las Escuelas Técnicas. Los principios y normas a que se refieran en general a las Pasantías Ocupacionales de carácter técnico práctico de contenido agropecuario, industria, comercial y promoción social y servicios de salud serán de obligatoria observancia por estas; quienes deberán desarrollarlos dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 3: Las pasantías son actividades pedagógicas obligatorias de contenido práctico, cuya finalidad es contribuir a la formación de los estudiantes del último año del Nivel Media Técnica Profesional y Docentes de la Escuelas Técnicas, según los programas de estudio que establezca el Ministerio del Poder Popular para la Educación.

Artículo 4: Las Prácticas Profesionales Socio productivas (PASANTÍAS) comprende tres fases fundamentales: Una inicial denominada Pre-Pasantías; Pasantías Ocupacional y un Período de Post Pasantías. La duración de las pasantías no podrá ser menor de doce (12) semanas (480 horas). Dicha duración puede ser menor de doce (12) semanas, es decir nueve (9) semanas (380 horas) siempre y cuando cumpla con las siguientes características: estado de gravidez, accidente fortuito, cuando desincorporen al pasante, enfermedad o causas no imputables a este, no pueda culminar el máximo de duración de dichas horas. Cualquier circunstancia referida a la interrupción de las pasantías, será dada a conocer, discutida y aprobada en Consejo Técnico Asesor, Asociación Civil, Asamblea de Padres y Representantes, Vocería Estudiantil; de acuerdo al caso en cuestión.

Artículo 5: Las Pasantías Ocupacionales se realizarán obligatoriamente en empresas o instituciones Públicas/ Privadas, Cooperativas, Organismos No gubernamentales (ONG), Consejos Comunales; en las cuales desarrollen actividades COMERCIALES, INDUSTRIALES, AGRÍCOLAS O DE PROMOCIÓN SOCIAL Y SERVICIOS DE SALUD afines con las especialidades y menciones que se administran en la diferentes Escuelas Técnicas del Estado Yaracuy.

Artículo 6: Las Prácticas Profesionales Socio Productivas (PASANTÍAS), tiene como propósito fundamental, estimular el interés de los estudiantes pasantes por su carrera profesional, vinculándolo al sector productivo como un ente social, participativo, proactivo e integral capaz de adaptarse a las  innovaciones tecnológicas en su proceso de aprendizaje teórico práctico para poder  construir a su desarrollo personal y de la nación.

Artículo 7: Para la ejecución de las Prácticas Profesionales Socio Productivas (PASANTÍAS), la Dirección del Plantel, conjuntamente con la Coordinación de Pasantías, Consejo Técnico Asesor, Consejo General de Docentes, Asociación Civil, Padres y Representantes y Vocería Estudiantil elaborará un instructivo de administración de pasantías.

Artículo 8: Las pasantías son un requisito indispensable para optar al Título de Medio Técnico en la especialidad y mención correspondiente.
   

CAPÍTULO II
DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES
 SOCIO PRODUCTIVAS (PASANTIAS)

Artículo 9: El Ministerio del Poder Popular para la Educación es el máximo Organismo Oficial encargado de establecer las políticas educativas en materias de Pasantías Ocupacionales, a través de las Leyes, decretos, normativas, circulares que establezcan para normar dicho programa a nivel nacional.

Artículo 10: Las Zonas Educativas Regionales, a través de las Coordinaciones Regionales de Pasantías, son los entes responsables de que las normas se cumplan de acuerdo a lo establecido en materia a pasantías Ocupacional.  

Artículo 11: La Dirección de la Escuela Técnica será administradora de las Prácticas Profesionales Sico Productivas (PASANTÍAS)  y le corresponde:
1º Nombrar a los Coordinadores de Pasantías por mención de acuerdo al número de pasantes según Resolución del Oficio emanado por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
  Ejecutar el presupuesto para la ejecución de Proceso de Pasantías.
3º: Supervisar a los Coordinadores de Pasantías.
4º: Designar con el Coordinador de Pasantías el nombramiento de los Tutores Académicos.
5º: Recabar y enviar información sobre las Pasantías al Coordinador Zonal.

Artículo 12: La Dirección, la Coordinación de Pasantías, las Coordinaciones Generales y Coordinadores de Mención, establecerán las prioridades que deberán observarse para la ubicación de pasantes, tomando en cuenta tanto los aspectos académicos como los socio – económicos.


CAPÍTULO III
DE LOS COORDINADORES DE PASANTÍAS

Artículo 13: El Coordinador General  de Pasantías o los Coordinadores de Pasantías de las Menciones serán nombrados por el Director del Plantel.

Artículo 14: El Coordinador General de Pasantías o los Coordinadores de Pasantías de la mención tendrán como función:
1.    Elaborar la planificación anual y de lapsos de las Practicas Profesionales Socio Productivas (PASANTÍAS).
2.    Realizar el informe trimestral de las Practicas Profesionales Socio Productivas (PASANTÍAS) y presentarlo ante la Zona Educativa de Yaracuy.
3.    Visitar las Empresas, Industrias, Cooperativas, ONG, Asociaciones Civiles, Fundaciones, entre otras vinculadas al plantel que pudieran ser utilizadas como centro de pasantías.
4.    Solicitar a los centros de pasantías, ubicación para que los estudiantes pasantes ejecuten las pasantías de acuerdo a su mención y especialidad.
5.    Llevar un archivo con el registro correspondiente de los Centros de Pasantías Ocupacionales.
6.    Ubicar los (as) estudiantes pasantes en los Centros de Pasantías Ocupacional con el propósito de desarrollar las Practicas Profesionales Socio Productivas (PASANTÍAS).
7.    Seleccionar los Tutores Académicos conjuntamente con el Director de la Escuela Técnica.
8.    Supervisar al personal docente que labora como Tutor Académico.
9.    Convocar reuniones con los estudiantes pasantes, padres y representantes y tutores académicos; a fin de dar información necesaria sobre el desarrollo de las actividades de Pasantía Ocupacional.
10. Manejar un archivo, registro y control de:
a)    Nóminas de los pasantes,
b)    Fichas de los centros de pasantías,
c)    Visitas a los centros de pasantías,
d)    Actas de reuniones con los estudiantes pasantes, padres y representantes y tutores académicos,
e)     Instrumentos de evaluación de las pasantías ocupacionales
f)     Formatos  para el cumplimiento de las actividades de Pre - Pasantías.
11. Adquirir los insumos que requiere la coordinación.
12. Visitar eventualmente a los Centros de Pasantías Ocupacional para conocer el desenvolvimiento de los estudiantes pasantes.
13. Inspeccionar a la cooperativa luego de ser acreditada como ganadora de licitación para la confección de los uniforme de pasantías.
14. Conectarse con las instituciones del Estado tales como: FUNDEI, entre otros con las TIC para tramitar todo lo relacionado con los estudiantes pasantes.
15. Gestionar la permisología legal correspondiente en caso de que el estudiante pasante ejecute sus pasantías fuera del estado.
16. Organizar los eventos especiales de las Practicas Profesionales Socio productivas (PASANTÍAS), tales como: Despedida de Pasantes, Bienvenida de Pasantes y la Defensa del Informe Final de Pasantías.
17. Presentar el Informe Final de las Practicas Profesionales Socio Productivas (PASANTÍAS) ante la Zona Educativa de Yaracuy.
18. Ajustar el normativo interno de pasantías anualmente.


CAPÍTULO IV
DEL PROCESO DE PRE PASANTÍAS

Artículo 15: El proceso de Pre – Pasantías se iniciará desde el cuarto y quinto año del nivel Media Técnica Profesional, constituido por una serie de actividades previas a las Pasantías Ocupacionales, orientadas y articuladas de manera armónica e integral con las asignaturas del plan de estudio de las diferentes especialidades y menciones que administre la Escuela Técnica para conformar y consolidar el eje curricular cuyo propósito es la valoración del trabajo técnico y la preparación para el desempeño laboral exitoso.



Artículo 16: La temática de las referidas actividades que se nombran en el artículo anterior, podrán ser relacionadas con los siguientes aspectos:
ü  Organización y Estructura Empresarial.
ü  Seguridad e Higiene Industrial.
ü  Ética Profesional.
ü  Determinación de Redes de Producción y Canales de Comercialización.
ü  Legislación Laboral.
ü  Proceso de Producción y Transformación de Materia prima en Productos, Bienes y Servicios.
ü  Importancia del Mantenimiento Industrial, Preventivo y Correctivo de Equipos, Maquinarias y Ambientes.
ü  Conocimientos Habilidades y Actitudes para desempeñarse como un trabajador eficiente y productivo.
ü  Capacitación Científica y Tecnológica, otros.

CAPÍTULO V
DEL PROCESO DE PASANTÍAS OCUPACIONALES


Artículo 17: Las Pasantías Ocupacionales es el proceso mediante el cual se debe ubicar al (el) estudiante pasante en el espacio de transferencia educación-trabajo según su especialidad y mención correspondiente, como parte del diseño curricular. Las cuales se deben articular con proyectos de producción que tengan las Empresas Públicas, Privadas, Cooperativas, ONG, Fundaciones, Consejos Comunales, Asociaciones Civiles, entre otros, con el fin de que se conviertan en fuentes de aprendizaje y adiestramiento laboral que complemente la formación del futuro Técnico Medio, para lograr esto es necesario flexibilizar los lapsos de las Pasantías de acuerdo con las necesidades y características de los Centros de Pasantías receptoras de Pasantes y con los convenios que establezca previamente los Coordinadores de Pasantías de la Escuela Técnica en cuestión.

Artículo 18: El desenvolvimiento de las actividades propias de Pasantías Ocupacionales dentro de los Centros de Pasantías se valora en tres oportunidades INICIO, DESARROLLO Y CIERRE, a fin de retroalimentar el proceso y potenciar los logros, corregir las fallas y determinar los resultados.

CAPÍTULO VI
DE LOS ESTUDIANTES PASANTES

Artículo 19: Se consideran estudiantes pasantes a todos los educandos del último año del Nivel Media Técnica Profesional de la Escuela Técnica, cuyo plan de estudio contemple las Prácticas Profesionales Socio Productivas (Pasantías).
Artículo 20: Para que un estudiante pasante realice las Prácticas Profesionales Socio Productivas (Pasantías) es requisito indispensable que haya aprobado todas las asignaturas del Pensum de Estudios (4º  y 5ºAño) y la Fase de Pre Pasantías.
Parágrafo Único: El estudiante pasante será regulado por las circulares y resoluciones vigentes emanadas por el MPPE, a través de la División de Registro, Control y Evaluación de la Zona Educativa del Estado Yaracuy (ZEY).



Artículo 21: Son derechos de los estudiantes pasantes: 
a)    Cursar la fase de Pre Pasantías, las cuales serán evaluadas y avaladas durante el periodo académico que le corresponda.
b)    Cursar la fase de Pasantías, las cuales serán evaluadas y avaladas durante el periodo académico que le corresponda.
c)    Cursar la fase de Post Pasantías, las cuales serán evaluadas y avaladas durante el periodo académico que le corresponda.
d)    Contar con los días que establezca el cronograma de actividades para los estudiantes pasantes con materia aplazada (I y II Lapso 6º Año); para asistir a clases y presentar evaluaciones debiendo informar al Centro de Pasantías con el tiempo necesario, presentando una constancia expedida por el Departamento de Evaluación y Acreditación.
e)    El estudiante pasante goza de una Póliza de Seguros la cual tiene la siguiente cobertura: HCM, Seguro de Vida, Accidentes Personales, Servicio Funerario y Seguro escolar.
f)     Solicitar a la Coordinación de Pasantías una vez culminada las mismas, una constancia de pasantías donde conste el haber cursado y aprobado las mismas.

Artículo 22: Son deberes de los estudiantes pasantes:
a)           Acatar la normativa de Pasantías de la Escuela Técnica.
b)           Haber cumplido con la fase de Pre - Pasantías.
c)            Ajustarse a los requerimientos de los Centros de Pasantías Ocupacionales.
d)           Asistir a los Talleres de inducción de Pasantías Ocupacionales.
e)           Asistir a las reuniones programadas por la Coordinación de Pasantías.
f)             Aceptar el Centro de Pasantías asignado por la Coordinación de Pasantías, el cual debe estar acorde con el perfil profesional de la mención y especialidad correspondiente.
g)           Cumplir con todas las normas y procedimientos del Centro de Pasantías.
h)                       Reportar por escrito los cambios o anormalidades que se le presenten en la realización de las pasantías al Tutor Académico.
i)             Asistir a la empresa con una presentación personal (uniforme de pasantías) acorde con la condición de trabajo a realizar, el cual es fijado por el plantel con los colores emblemáticos de la escuela técnica en cuestión.
j)             Deberá tratar a sus superiores y compañeros de trabajo en forma cortés, cordial y respetuoso, así como demostrar el más alto espíritu de colaboración con ellos.
k)            Deberá acatar las normas de seguridad e higiene industrial establecidas en la empresa.
l)             En caso de problemas laborales, el pasante está en la obligación de presentarse en el plantel, previa comunicación al supervisor de la empresa.
m)          Deberá en todo momento cuidar, mantener y preservar los equipos, maquinarias y herramientas de la empresa.
n)           Deberá tener conciencia clara de su condición dentro de la empresa, es decir, que no es empleado de la misma, por consiguiente debe atenerse al artículo 5 del Decreto 1982, el cual dice textualmente: “La pasantía es una contribución de la empresa a la formación profesional y ella forma parte de ésta, en tal virtud la relación existente entre el pasante y la empresa no está regulada por la Ley del Trabajo, por lo que el pasante no tiene el goce de los derechos y beneficios que establece la legislación laboral.
o)           Entregar todos los recaudos para la consignación de carpetas en el departamento de recursos humanos tales como: certificado de salud vigente, notas certificadas, fotos, planillas, entre otros.
p)           Deberá acatar todos los términos del Convenio entre las empresas y FUNDEI.
q)           Si por motivos graves o imprevistos el pasante falta a su pasantía lo hará del conocimiento de la empresa, del Tutor Docente y del Coordinador de Pasantías de la institución.
r)             Elaborar y entregar al Coordinador o al Tutor Académico el Informe Final de Pasantías.
s)            Solo se justificará tres días de permiso durante el desarrollo de las pasantías.
t)             En caso de problema de salud y el reposo es de más de 15 días se le suspenderá temporalmente de las Pasantías y se le reprograma la misma.
u)           Las estudiantes en estado de gravidez realizarán pasantías solo en casos que la empresa lo autorice y previa justificación que lo certifique a través de un informe médico, CEPNA, Representante legal, Esposo o Concubino.
v)            Las estudiantes en estado de gravidez que le coincida la fecha de parto con las pasantías no las podrán realizar hasta 15 días después del alumbramiento y previo informe obstétrico, CEPNA, Representante legal, Esposo o Concubino.
w)          Las estudiantes que estén en proceso postnatal deberán presentar informe médico, CEPNA, Representante legal, Esposo o Concubino para poder realizar las Pasantías.


Artículo 23: Son faltas de los estudiantes pasantes:

1º: Por imprudencia que afecten gravemente la seguridad o higiene del trabajo.
Sanción: Art. 24 literal (b)
2º: Por daño ocasionado a las máquinas, herramientas, equipos, útiles de trabajo, mobiliario de la empresa, materia prima o producto elaborado; bien sea intencionalmente o por negligencia debidamente comprobada. Sanción: Art. 24 literal (a y c)
3º: Revelación de secretos de manufactura, fabricación o procedimientos de la empresa. Sanción: Art. 24 literal (b)
4º: Conducta inapropiada dentro o fuera de los centros de pasantías.
Sanción: Art. 24 literal (a y c)
5º: Inasistencia frecuente y continua al centro de pasantías (25%) INASISTENCIA INJUSTIFICADA. Sanción: Art. 24 literal (b)
6º: Ausencia a los eventos especiales de Pasantías. Sanción: Art. 24 literal (a)
7º Tomarse atribuciones que no le corresponde relacionadas con las PASANTÍAS.
Sanción: Art. 24 literal (a y d)


Artículo 24: Las faltas cometidas a que se refiere el artículo anterior serán sancionadas, según su gravedad, con:
a) Suspensión temporal de las Pasantías. Durante la suspensión el estudiante pasante realizará trabajo comunitario en la E. T. o en su comunidad.
b) Suspensión definitiva de las Pasantías.
c) Cambio de centro de Pasantías
d) Suspensión de asistir a los eventos organizados por la Coordinación de Pasantías
e) Realizar Trabajo Comunitario.
f)  Pierde derecho a asistir al Acto de Grado
g) Dictar Talleres de Concienciación


CAPÍTULO VII
DE LOS PADRES Y REPRESENTANTES


Artículo 25: A los Padres y Representantes de los estudiantes pasantes les corresponde:
1º:       Recibir por parte de la Dirección de la Escuela o del Coordinador de Pasantías, información referente a las Prácticas Profesionales Sico Productivas (PASANTÍAS).
2º:       Asistir a las reuniones convocadas por el Coordinador de Pasantías.
3º:       Sufragar los gastos que ocasionen al estudiante pasante en las Prácticas Profesionales Socio Productivas (Pasantías).
4º Estar en conocimiento del Centro de Pasantías y el normativo de Pasantías.
5º:       Responder económicamente por los daños causados por los estudiantes pasantes a las máquinas, herramientas, equipos, útiles de trabajo, mobiliario de la empresa, materia prima o producto elaborado de la empresa; bien sea por descuido, imprudencia o negligencia.
6º:       Contribuir para que el proceso de Pasantías se realice de la forma más armónica posible.
7º:       Velar porque el estudiante pasante cumpla con las normas establecidas por el Centro de Pasantías.
8º Firmar la permisología legal para la ejecución óptima del proceso de PASANTÍAS.


CAPÍTULO VIII
DE LOS TUTORES ACADÉMICOS

Artículo 26:  Los Tutores Docentes o Académicos son miembros del personal docente del Plantel, de carácter obligatorio que dicten asignatura del último año de Media Técnica Profesional o que sea docente del área o de la especialidad y mención en el horario que le corresponda.

Artículo 27:  El personal Directivo del Plantel es Tutor Docente Nato.

Artículo 28:  Son funciones del Tutor Académico:

1º: Asistir a las reuniones convocadas por el Coordinador de Pasantías.
  Firmar la planilla de aceptación del pasante.
  Efectuar las visitas que organice la Coordinación de Pasantías de acuerdo al cronograma de supervisión al centro de Pasantías Ocupacional.
4º Supervisar al estudiante pasante, para lo cual deberá asistir al Centro de Pasantías y entrevistarse con el Tutor Empresarial, el número de veces que a bien tenga o considere, teniendo las mismas como objetivo, verificar el cumplimiento de las actividades asignadas y que correspondan con su especialidad, corroborar la presencia física del mismo, establecer contacto tanto con el Tutor Empresarial, así como con los demás miembros del sitio de trabajo para obtener información acerca del desempeño y progreso del estudiante pasante.
5º Asesor al estudiante pasante, brindándole la orientación que le permita mejorar sus actividades y presentar el Informe Final de Pasantías.
6º Solicitar al Tutor Empresarial el informe, carpeta y control de evaluación del pasante al terminar las Pasantías.
7º Valorar conjuntamente con el Tutor Empresarial el desenvolvimiento de las actividades de los estudiantes pasantes, con apego a los porcentajes previamente establecidos por la Escuela Técnica.
8º Consignar ante la Coordinación de Pasantías en la fechas previstas, los formatos de supervisión semanal, control de asistencia de los estudiantes pasantes, debidamente firmados y sellados por el centro de Pasantías.
9º Consignar ante la Coordinación de Pasantías los resultados de las evaluaciones de las Pasantías para su consignación ante el Departamento de Evaluación y Control de Estudios de la Escuela Técnica. 
10º Presentar un informe sobre las actividades cumplidas en el proceso de Pasantías.

CAPÍTULO IX
DE LOS TUTORES EMPRESARIALES


Artículo 29: Son Tutores Empresariales los funcionarios nombrados por el Centro de Pasantías para supervisar las actividades de los estudiantes pasantes son funcionarios nombrados por el centro de pasantías.


Artículo 30:  Son funciones del Tutor Empresarial:

1º:       Servir de vínculo entre el estudiante pasante y el Centro de Pasantías.
2º:       Elaborar conjuntamente con el Tutor Docente el programa de actividades que ejecutará el estudiante pasante.
   Realizar seguimiento de la actividad de los estudiantes pasantes y brindarle el asesoramiento técnico para su mejor desempeño.
       Atender llamadas telefónicas, o envío de información que realice la Escuela Técnica a través de las visitas del Tutor Académico o por medio de las TIC.
       Participar al tutor Académico de cualquier anomalía cometida por los estudiantes pasantes.
6º:       Evaluar conjuntamente con el Tutor Académico las actividades realizadas por el estudiante pasante.
7º Llenar todos los formatos de evaluación de Pasantías realizado por los estudiantes pasantes.
8º Elaborar sugerencias, recomendaciones y observaciones que contribuyan a mejorar y actualizar las Prácticas Profesionales Socio Productivas (PASANTÍAS).





CAPÍTULO X
DE LOS CENTRO DE PASANTÍAS


Artículo 31:  Los Centros de Pasantías son las industrias, empresas públicas, privadas, cooperativas, ONG, fundaciones, entre otros que desarrollen actividades vinculadas con la especialidad del estudiante pasante, seleccionadas por el Plantel para desarrollar las Practicas Profesionales Socio Productivas (Pasantías).

Artículo 32: Se reconocen como Centro de Pasantías los siguientes:
a)    Empresas públicas, privadas cooperativas, ONG, fundaciones, entre otras que la Escuela Técnica haya seleccionado, o posea algún tipo de convenio interinstitucional.
b)    Empresas públicas, privadas cooperativas, ONG, fundaciones, entre otras propuesta por el estudiante pasante, que cumplan con los requisitos organizacionales acordes a las actividades de este y los requisitos establecidos por la escuela técnica.

Artículo 33: Los Centros de Pasantías tendrán los siguientes objetivos:

a)    Retroalimentar el currículo de la Escuela Técnica tomando en consideración los requerimientos empresariales e institucionales; así como criterios de innovación y adaptación científica y tecnológica.
b)    Establecer vínculos permanentes entre la institución educativa, y sector productivo a fin de lograr entre ellos la interacción que permita la formación de recursos humanos de manera integral y holística.
c)    Realizar un proceso de supervisión y evaluación de la capacidad y aptitud profesional de los estudiantes pasantes en el cumplimiento de sus actividades.
d)    Brindar asesoramiento al futuro Técnico Medio Profesional en los problemas prácticos que se susciten en el desempeño de sus actividades durante el período de Pasantías.

Artículo 34:  Los Centros de Pasantías tienen como derechos y obligaciones:

a)    Facilitar sus instalaciones, máquinas, equipos, herramientas que permitan al estudiante pasante la ejecución de las Practicas Profesionales Socio Productivas (Pasantías).
b)    El Centro de Pasantías no está obligado a realizar aportes o cargas sociales por la incorporación de los estudiantes pasantes.
c)    Crear mejores condiciones internas posibles para el cumplimiento de los objetivos propuestos por las Prácticas Profesionales Socio Productivas (PASANTÍAS).
d)    Designar Tutores Empresariales que orienten, coordinen, controlen y evalúen las actividades de los estudiantes pasantes.
e)    Entregar en tiempo y forma al Tutor Académico, los instrumentos de evaluación sellado y firmado por el Tutor Empresarial para la posterior firma del estudiante pasante y Tutor Académico.

Artículo 35: Los Centros de Pasantías que seleccionen al estudiante pasante para pasar a formar parte de su nomina como trabajador formal podrá emplearlo en su tiempo libre o a partir del 01 de agosto del año en cuestión, puesto que el mismo debe terminar su estudios de Técnico Medio en la Especialidad y  Mención correspondiente.

CAPÍTULO XI

DE LA EVALUACIÓN DEL ESTUDIANTE PASANTE

Artículo 36:  La evaluación de las Pasantías se cumplirá de acuerdo a lo estipulado en las leyes, decretos y resoluciones que al respecto dicte el Ejecutivo Nacional o el Ministerio del poder Popular para la Educación.

Artículo 37: El programa Pasantías se empieza a evaluar en el 4º año y 5º año Profesional con la fase de pre pasantías equivalentes a 160 horas máximo y 104 mínimo en cada año, siempre y cuando cumpla con las siguientes características: estado de gravidez, accidente fortuito, cuando desincorporen al pasante, enfermedad o causas no imputables a este, no pueda culminar el máximo de duración de dichas horas. Cualquier circunstancia referida a la interrupción de las pasantías, será dada a conocer, discutida y aprobada en Consejo Técnico Asesor, Asociación Civil, Asamblea de Padres y Representantes, Vocería Estudiantil; de acuerdo al caso en cuestión.

Artículo 38: Será responsabilidad del Tutor Empresarial y Académico la evaluación del estudiante pasante, para tal efecto se consideraran los siguientes criterios:

a)    El Tutor Empresarial mediante instrumento de evaluación que la Escuela Técnica diseñe para tal fin, evaluará el desempeño del estudiante pasante el cual representará el 20% de la calificación definitiva de Pasantías..
b)    El Tutor Académico, mediante el instrumento de evaluación de la Escuela Técnica diseñe para tal fin, evaluara el desempeño del estudiante pasante el cual representará el 20% de la calificación definitiva de pasantías.
c)    Las actividades realizadas por el estudiante serán descritas en un informe de Pasantías Ocupacional, el cual deberá elaborarse individualmente o por empresa según sea el caso; respetando de acuerdo al instructivo de las Normas para la Elaboración y Presentación del Informe De Pasantías Ocupacional diseñado y dispuesto por la Coordinación de Pasantías para tal fin, el cual representará el 15% de la calificación definitiva de pasantías.
d)    La presentación oral de las actividades de Pasantías Ocupacional serán expuestas ante un equipo de profesores conformado por un representante de la Dirección de la Escuela Técnica, el Coordinador de Pasantías, Coordinador General de la Especialidad, Coordinador de Mención, Tutor Empresarial y Tutor Académico; mediante el instrumento que la Escuela Técnica diseñe para tal fin,  el cual representará el 15% de la calificación definitiva de pasantías.







La evaluación final de las pasantías queda de la siguiente forma:

Fase Pre Pasantías 4º Año                      15% = 3 puntos
Fase Pre Pasantías 5º Año                      15% = 3 puntos
Tutor Académico/Docente                         20% = 4 puntos
Tutor Empresarial                                       20% = 4 puntos
Informe de Pasantías                                15% = 3 puntos
Defensa Final del Informe  Pasantías                15% = 3puntos

Parágrafo Único: Cada uno de estos criterios de evaluación son requisitos indispensables y obligatorios para la aprobación de la Pasantía Ocupacional, la no entrega de alguno de ellos, será sometido a consideración por un comité técnico de PASANTÍAS conformado por: Director, Sub. Director Técnico, Sub. Director Académico, Coordinador (es) de Pasantías, Coord. De Evaluación, Tutor Empresarial, Tutor Académico, Orientador y Vocería Estudiantil.


CAPÍTULO XII
POST – PASANTÍAS

Artículo 39: Al terminar el desarrollo de las actividades de aprendizaje en los Centros de Pasantías se comenzará el proceso de Post – Pasantías, en el cual los estudiantes pasantes elaboran un informe descriptivo de las actividades realizadas en las Pasantías Ocupacionales, el cual deberá ser presentado y defendido en dos escenarios:

a)    Empresarial ante Tutor Empresarial.
b)    Institucional, ante los profesores que participaron en la formación del estudiante pasante, compañeros de estudio y comunidad en general.

Artículo 40: La Coordinación de Pasantías debe establecer mecanismos de control y seguimiento de los egresados, con el fin de obtener información, bien sea de su prosecución o la incorporación al ámbito laboral.

CAPÍTULO XIII

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 41: Este normativo interno de pasantías está sujeto a modificaciones cuando la Coordinación Zonal de Pasantías, la Dirección o la Coordinación de Pasantías del Plantel lo crean necesario.

 Artículo 42: Lo no previsto en este reglamento se regirá por la normativa legal vigente.



ENERO 2011
COORDINACIÓN ZONAL DE PASANTÍAS ESTADO YARACUY

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